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Somos alumnas de la escuela de Magisterio ( Ed. Infantil) de Guadalajara.

Grupo A 01

miércoles, 23 de febrero de 2011

REFLEXIONES SOBRE LA CONVIVENCIA Y EL DECRETO DE CONVIVENCIA DE CASTILLA LA MANCHA


La convivencia y sus problemas dentro de los centros educativos es uno de los puntos más débiles de los sistemas escolares de hoy en día. Como una de las funciones de la escuela es la socialización, y la relación entre las personas a veces trae consigo conflictos y diferencias el sistema educativo tiene el deber de incluir medidas y apoyos para hacer frente a los conflictos de convivencia, lo ideal sería que en los centro se arraigase una cultura de convivencia pacífica que siempre debe ir unida a valores como la tolerancia y el respeto. Por eso este tipo de normativa es absolutamente necesaria puesto que al ser la convivencia pacífica aquella situación en la que se resuelven los conflictos por lo que supone que existen conflictos que hacen necesarias las distintas medidas y normativas que lleven a la resolución del conflicto.

Del Decreto destacaría en primer lugar, que se rige por el principio de "respeto por los derechos y deberes de todos y todas los componentes de la comunidad educativa y la garantía de su protección y defensa" art 2.a. Reconocer los derechos y deberes de los demás es imprescindible cuando hablamos de convivencia y sobre todo cuando lo que se pretende es inculcar los valores de respeto y convivencia a los niños, debemos saber y hacer saber que no sólo tenemos derechos sino que también tenemos ,como miembros de la comunidad que participamos en el desarrollo de la convivencia pacífica, una serie de deberes para que el proceso funcione.

Otro artículo importante es el que establece la "obligación de incorporar en las Programaciones Didácticas de las distintas áreas y materias los valores que desarrollan la convivencia" art 3.a. Puesto que estos valores de convivencia no son innatos en el ser humano, es importante que el proceso de aprendizaje de estos sea continuo y coherente es decir, no sirve de nada que en un determinado aula existan unas normas (que han sido elaboradas entre los alumnos y el tutor) si luego el profesor de inglés por ejemplo no las respeta o establece otras distintas. Lo mismo ocurre cuando el niño regresa a casa, si no existe el respeto ni la disciplina no sirve de mucho o al menos hace más difícil que lo que se intenta inculcar en la escuela resulte coherente para el niño.

Con respecto a las familias este decreto también las tiene en cuenta pues establece que deben tener una representación dentro del Consejo Escolar, además pueden ser voluntarios en el equipo de mediación.

La mediación escolar es otro punto destacado y la define como "estrategia preventiva en la gestión de conflictos entre miembros de la comunidad educativa..." art 8.2, por lo que como ya he dicho antes existen los conflictos y la meta es su resolución pacífica con ayuda o iniciativa propia de los propios alumnos.

En mi opinión es muy importante el papel de la persona mediadora, igual de importante es que las partes implicadas sean libres para acogerse o no a la mediación.(La importancia del proceso de mediación llega hasta el punto de que éste interrumpe cualquier otro proceso administrativo ya abierto.)

En cuanto a las medidas correctoras establece que siempre deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta y que en ningún caso atenten contra la dignidad personal ni a la integridad física del alumno, algo obvio puesto que responde al modelo integrado de gestión de la convivencia.

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